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El País. Sábado 21 de enero de 2006-Sección Sociedad
LOS JUECES PODRÁN ENVIAR A LA CÁRCEL A LOS MENORES CUANDO CUMPLAN LA MAYORÍA DE EDAD

El Proyecto de Ley del menor incluye medidas de internamiento para integrantes de bandas

MÓNICA C. BELAZA. Madrid

La reforma de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor aprobada ayer en el Consejo de Ministros otorga a los jueces la facultad de decidir, excepcionalmente, que un menor delincuente, al umplir los 18 años, pase a un centro penitenciario de adultos. Incluye el posible internamiento en régimen cerrado de los integrantes de las bandas juveniles o delictivas aunque no hayan cometido delitos violentos, permite las órdenes de alejamiento (para combatir el acoso escolar), agrava las medidas de internamiento y evita que las menores víctimas de delitos sexuales declaren ante sus agresores.

La Ley del Menor acaba de cumplir cinco años desde su aprobación. El proyecto de ley para reformarla, aprobado ayer y que será proximamente remitido a las Cortes , supone un tratamiento más firme de la delincuencia juvenil e introduce medidas para combatir fenómenos como las bandas organizadas o el acoso escolar. Sigue manteniendo en los 14 años el mínimo necesario para exigir cualquier tipo de responsabilidad penal.

  • Posible cárcel a los 18 años.
  •  
    Reforma
    Ley Actual
    14 0 15 años
    16 0 17 años
    14 0 15 años
    16 0 17 años
    Sin violencia ni intimidación y sin grave riesgo para la vida o la integridad física 2 años máximo. No puede aplicarse régimen cerrado. 2 años máximo. No puede aplicarse régimen cerrado. 2 años máximo. No puede aplicarse régimen cerrado. 2 años máximo. No puede aplicarse régimen cerrado.
             
             


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(p) 2004 Experto en Mediación ámbitos de actuación y técnicas aplicadas en la resolución de conflictos. Universidad Complutense de Madrid - Todos los derechos reservados. curso@expertoenmediacion-ucm.com